Por Juan Alonso Cózar Olmo*
En España, desgraciadamente, tenemos una larga tradición de instrumentalizar a los hijos para causar el mayor dolor y sufrimiento posible a sus madres, patrón que se repite en todos los casos de violencia machista en donde tienen presencia los/las hijos/hijas y que tantas veces acaba por ser normalizado e invisibilizado ante un sistema de justicia que ni lo recoge ni da las herramientas para luchar contra éste.
En el estado español, a pesar de existir ciertas diferencias entre las distintas Comunidades Autónomas, lo que prima, o debería primar, a la hora de decidir sobre dichos temas es el interés superior del menor, teniendo en cuenta que la situación más deseable es que dicha custodia sea compartida. Sin embargo, de acuerdo al artículo 92.7 del Código Civil, la institución de la guarda y custodia es completamente incompatible con la violencia de género, estableciendo que:
"No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los padres esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica".
No obstante, a nivel fáctico y tomando en consideración los datos, esto acaba por no cumplirse, puesto que la existencia de dicha circunstancia no lleva a la automática denegación de la guardia y custodia. De nuevo, primándose una custodia compartida bajo la premisa de que ésto es sinónimo del interés superior del menor, acaba permitiendo que personas que ya ejercen violencia vicaria ganen poder de forma exponencial, perpetuando la situación de maltrato y añadiéndole un plus de peligrosidad.
Sin duda, y vistas las cifras, falta una clara perspectiva de género a la hora de analizar dicho ‘interés superior’, puesto que se olvida que un maltratador nunca puede ser un buen padre. Es por ello que, de entre los menores asesinados como consecuencia de la violencia de género en España, más de la mitad fueron asesinados durante el régimen de visitas o el periodo de custodia compartida con el hombre. Respecto al régimen de visitas, por otro lado, ni a nivel nacional ni autonómico – con la excepción del País Vasco – se ha concretado legalmente la suspensión de éstas como consecuencia de violencia de género, aunque el maltratador haya sido condenado. Se considera únicamente la opción discrecional del juez de suspender visitas y comunicaciones “si se dieran graves circunstancias o incumplimientos graves o reiterados de deberes impuestos judicialmente” (artículo 91 Código Civil).
Siguiendo lo estipulado por la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y para proteger verdaderamente el interés superior del menor, en septiembre de 2022 entró en vigor un cambio legislativo por el que se reforma el artículo 94 del Código Civil, estableciendo que no procederá régimen alguno de visitas para el progenitor que esté en un proceso penal por haber atentado “contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de sus hijos/as”, además de si el juez advirtiera “indicios fundados de violencia de género o doméstica”.
Nos queda un largo camino de protección integral para la violencia de género para que se ampare de forma efectiva a las mujeres y también a sus hijos/as, víctimas directas, indirectas e instrumentales de esta violencia. Sin embargo, un paso necesario consiste también en una inclusión real de la perspectiva de género dentro del sistema judicial español, así como una educación integral para visibilizar, dar credibilidad social y acabar con estas violencias. El Estado tiene un gran papel que jugar, por lo que espero y deseo que, considerando su posicionamiento actual, estemos en el camino correcto.
Extractado de Carla González Riera, equipo de DH Fuente de Vida.
Noticias prensa relacionadas:
La violencia vicaria, vista por tres expertos